Eduardo Sosa me envió hace un rato esta resolución de la Secretaría de Medio Ambiente. La sacaron sin hacer mucho ruido mediático para no revolver el avispero... Acabo de bajar el texto armadito por internet y el boletín oficial respectivo, del cual extracté las dos páginas que van adjuntas.
En síntesis: AUDIENCIA PÚBLICA por el RALLY DAKAR, el LUNES 28 DE DICIEMBRE a las 14 HS, EN SAN RAFAEL !!!
El artículo 4 indica los 2 lugares donde se puede consultar el expediente con sus respectivos Dictámenes Técnico (por la paginación en los considerandos, es de 13 páginas) y Sectoriales (no está claro si ya ingresaron todos, hay 40 páginas).
En el artículo 5 se especifica que en esos mismos lugares uno podrá inscribirse para intervenir en la Audiencia Pública, y en el lugar de realización de la Audiencia el mismo día hasta una hora antes de su realización. Ojo, como 25 cae viernes, y el 24 suelen dar asueto administrativo, en la práctica hay tiempo hasta el miércoles 23, mas la mañana del lunes 28 hasta las 13 hs.
POR FAVOR, para cualquier consulta, aporte o discusión sobre ese tema, comuníquense al correo de la Asamblea Popular por el Agua asambleaporelagua@gmail.com o a Eduardo Sosa de Oikos Red Ambiental esosa@oikosredambiental.org.ar, o a quienes tomen la posta del tema. Este mes de diciembre estoy "hasta las manos" 100% ocupado en el dictamen sectorial del proyecto San Jorge. Por ende, NO podré dedicarle estudio ni tiempo a la cuestión de este rally, que sin pedir permiso a los senegaleses ni pagarles medio euro por usufructo del nombre de su capital, sigue llamándose Dakar.
Abrazos! - Marcelo
Consulta del Boletín Oficial -> Ver Norma
Número | 676/09 |
Tipo | RESOLUCIONES |
Origen | SECRETARIA DE MEDIO AMBIENTE |
Fecha | Mar 24/11/2009 |
Publicado | por única vez el 26/11/09 |
RESOLUCIÓN N° 676
Mendoza, 24 de noviembre de 2009
Visto el expediente N° 1605-D-2009-03792, relacionado con el Estudio
Ambiental del evento denominado "Rally Dakar Argentina - Chile
2010", el cual ha sido propuesto por la Organización Dakar
S.A, con el objeto de ser sometido al Procedimiento de Evaluación
de Impacto Ambiental; y
CONSIDERANDO:
Que a fojas 168/171 del expediente de referencia obra copia de la
Resolución N° 612/2009, que autorizó el Inicio del
Procedimiento de Evaluación de Impacto Ambiental de la
Manifestación General de Impacto Ambiental del evento denominado
"Rally Dakar Argentina - Chile 2010" y designó a la
Unidad de Evaluaciones Ambientales de esta Secretaría como
organismo responsable para efectuar el seguimiento y fiscalización
de dicho procedimiento;
Que por la antedicha resolución se designó al Instituto
Argentino de Investigaciones de las Zonas Áridas, como organismo
responsable para la elaboración del Dictamen Técnico,
establecido en el Artículo 16° del Decreto N° 2109/1994 y a
las Direcciones de: Protección Ambiental; Ordenamiento Ambiental y
Desarrollo Urbano; Recursos Naturales Renovables; Hidráulica;
Patrimonio Histórico Cultural; Vías y Medios de Transporte;
Provincial y Nacional de Vialidad; al Departamento General de
Irrigación y a las Municipalidades de: General San Martín;
Santa Rosa; Las Heras; Lavalle; Malargüe y San Rafael, como
organismos encargados de la realización de los Dictámenes
Sectoriales, según se establece en el Artículo 17° del
Decreto N° 2109/1994;
Que a fojas 212/224 del expediente de referencia obra el Dictamen
Técnico elaborado por el Instituto mencionado en el párrafo
anterior;
Que a fojas 225/226 obran planillas de asistencia a la reunión
informativa, llevada a cabo el día 13 de noviembre a las 10 hs. en
la Unidad de Evaluaciones Ambientales. En dicha reunión se expuso,
ante los organismos encargados de realizar los Dictámenes
Sectoriales, la Manifestación General de Impacto Ambiental del
proyecto de referencia y se entregó la documentación
relacionada con el evento, a fin de que estos organismos avancen en
elaboración de sus correspondientes Dictámenes;
Que los informes de los organismos responsables de emitir los
Dictámenes citados que a la fecha se han presentado, de conformidad
con los plazos establecidos, obran a fojas 274/313;
Que de acuerdo con lo establecido en los Artículos Nros. 31 de la
Ley N° 5961, 18 del Decreto N° 2109/1994 y 7 de la
Resolución N° 109-AOP-1996, la Secretaría de Medio
Ambiente deberá convocar a Audiencia Pública a las personas
físicas o jurídicas, públicas o privadas interesadas
por la realización del proyecto, a las organizaciones no
gubernamentales y al público en general;
Que de acuerdo con lo dispuesto en los Artículos 33 de la Ley
N° 5961 y 19 del Decreto N° 2109/1994, a los fines de continuar
con el Sistema de Información Pública, el Proponente del
Proyecto deberá dar clara difusión por medio de la prensa de
una Síntesis de la Manifestación General de Impacto
Ambiental;
Por ello, en virtud de lo dispuesto por el Artículo N° 112 de
la Ley N° 7837, ampliatorio del Artículo N° 30 de la Ley
N° 7826 y lo dictaminado por Asesoría Legal de esta
Secretaría;
EL SECRETARIO
DE MEDIO AMBIENTE
RESUELVE:
Artículo 1º - Convóquese a Audiencia Pública
para el evento denominado "Rally Dakar Argentina - Chile 2010",
el cual ha sido propuesto por la Organización Dakar S.A, a
realizarse el día 28 de diciembre de 2009, a las 14 horas, en el
Centro de Congresos y Exposiciones San Rafael, ubicado en calle Tirasso
s/n, Parque Juan Domingo Perón, del Departamento San Rafael, de
acuerdo a lo establecido en los Artículos Nros. 29 y 31 de la Ley
N° 5961 de Preservación del Ambiente y ampliatorias y
Artículo Nº 18 del Decreto Nº 2109/1994.
Artículo 2º - Publíquense a costa y cargo del
Proponente del Proyecto los edictos de convocatoria a la Audiencia
Pública mencionada en el artículo anterior, de acuerdo a lo
establecido en el Artículo 9° de la Resolución N°
109-AOP-1996. La publicación se realizará en un diario local
de amplia difusión y en el Boletín Oficial.
Artículo 3º - Publíquese en un diario local de amplia
difusión en la Provincia, previo a la fecha fijada para la
Audiencia Pública, a costa y cargo del Proponente del Proyecto, una
Síntesis de la Manifestación General de Impacto Ambiental,
de acuerdo con lo establecido en el Artículo N° 19 del Decreto
N° 2109/1994.
Artículo 4º - A los efectos de brindar información
pública previa a la Audiencia Pública, póngase a
disposición de los interesados la Manifestación General de
Impacto Ambiental, el Dictamen Técnico, los Dictámenes
Sectoriales y toda otra documentación referente al Proyecto, en la
Unidad de Evaluaciones Ambientales de esta Secretaría, ubicada en
calle Lamadrid N° 300 de la Ciudad de Mendoza y en el Área
Ambiental de la Municipalidad de San Rafael, ubicada en calle Central del
Parque Juan Domingo Perón, del citado Departamento, de Iunes a
viernes de ocho horas (8.00 hs.) a trece horas (13 hs.), donde
podrá ser consultada la información referida, de acuerdo a
lo establecido en los Artículos Nros. 33 de la Ley Nº 5961, 19
del Decreto N° 2109/1994 y 9 de la Resolución N°
109-AOP-1996.
Artículo 5º - Fíjense las siguientes dependencias
oficiales para la inscripción de personas físicas y/o
jurídicas para la intervención oral durante la Audiencia
Pública: Unidad de Evaluaciones Ambientales de esta
Secretaría y en el Área Ambiental de la Municipalidad de San
Rafael, en los lugares y horarios establecidos en el artículo
anterior. Las inscripciones también se podrán realizar en el
lugar donde se llevará a cabo la Audiencia Pública en la
fecha indicada para su desarrollo, hasta una hora antes de su inicio.
Artículo 6º - Las personas físicas o jurídicas
que se inscriban para intervenir en la Audiencia Pública,
deberán hacerlo en forma escrita, proporcionar datos personales,
constituir domicilio, acreditar personería según los casos,
de conformidad con lo dispuesto en el Artículo N° 15 de la
Resolución Nº 109-AOP-1996.
Artículo 7º - Desígnese como Instructores a cargo de
la Audiencia Pública al Doctor Rubén Eduardo Sánchez,
en representación de la Secretaría de Medio Ambiente y a la
Licenciada María Cecilia Blanco en representación de la
Unidad de Evaluaciones Ambientales, a quienes se delega la plena
conducción de ese acto, de acuerdo con lo establecido en los
Artículos Nros. 18 del Decreto N° 2109/1994, 9 y 15 de la
Resolución N° 109-AOP-1996.
Artículo 8º - Comuníquese a quien corresponda y
archívese.
Guillermo R. Carmona
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