Los integrantes de la Sala Segunda de la Corte tienen en sus manos el futuro de la ley 7722 y reciben presiones de todos lados. Analizan pedir que sea la Corte en pleno la que decida. En el gobierno los sectores "pro mineros" esperan que la Corte anule al menos parcialmente la ley. Una resolución de Diputados aclara dudas sobre Sierra Pintada: la ley no restringe la remediación
Es la causa más caliente que tiene la Suprema Corte de Justicia y la presión recae sobre tres jueces. Mario Adaro, Carlos Böhm y Herman Salvini tienen en sus manos el futuro de la ley 7722, que restringe el uso de sustancias tóxicas en la minería. Se trata de los integrantes de la Sala Segunda del máximo tribunal, donde recayeron los 10 pedidos de inconstitucionalidad de la ley presentados por distintas empresas mineras.
Las causas avanzan con el aporte de elementos probatorios de las partes y en poco tiempo más quedarán en “estado de resolver”. Desde ese momento, los jueces tienen 60 días hábiles para emitir un fallo.
Pero una de las posibilidades es que se pida que no sean sólo los tres jueces los que decidan el futuro de la ley, sino que sea la Corte en plenario quien lo haga. Así, serían los siente miembros los que tendrían derecho a voto. En realidad es casi seguro que serían seis, porque cuando llegue el momento ya estará retirado Fernando Romano. En ese caso se abre otra especulación, pues el gobernador Francisco Pérez debería nombrar un juez de la Corte con la causa más importante a punto de resolverse. “A nadie se le ocurre que puedan nombrar a un juez sólo por conveniencia en una causa”, aseguró un jurista, tratando de espantar fantasmas y especulaciones sobre el tema.
Mientras tanto la presión recae sobre los tres integrantes de la Sala. Hay quienes ya sacan cuentas y especulan teniendo en cuenta el origen de cada uno de los integrantes de ese cuerpo. Allí Mario Adaro es uno de los más señalados por su reciente paso por el Gobierno y su pertenencia al oficialismo. En el Gobierno hay actitudes contradictorias. Puertas afuera aseguran que respetarán la ley. Pero respetarla no es "militarla". Por eso también hay serias intenciones de modificarla, incluso de parte de algunos opositores a la minería porque aseguran que es “exageradamente restrictiva” más allá incluso del uso de sustancias.
Otros directamente piden que se anule. Ese grupo pone todas las fichas a que sea la Corte la que tome la decisión y cargue con los costos. Una de las alternativas sobre la que se especula es que la Corte acepte el recurso parcialmente, es decir declarar inconstitucional una parte de la ley. Desde las organizaciones que se oponen a la minería a cielo abierto dicen "ver señales" que indican que podrían avanzar sobre la ley, mientras que hay empresarios, con vinculaciones políticas, que dicen que la 7722 "tiene sentencia de muerte".
Aunque hay ansiedad para que se resuelva, otra fuente de la Corte aseguró que aún falta, pues se está produciendo prueba y los expedientes aún no llegan definidos a los despachos de los ministros. "Están interiorizándose de la causa, pero falta", explicó una fuente. Luego de agregar todos los elementos, las partes deben presentar sus alegatos. La Corte sortea quién será el Ministro relator y en 60 días hábiles a más tardar debe estar el fallo.
Los nuevos elementos
Las distintas partes siguen sumando elementos a las 10 causas gemelas. El último paso que dieron fue agregar el recorrido que tuvieron leyes similares que se sancionaron en otras provincias. Las empresas mineras presentaron el caso de las provincias de La Rioja y Río Negro. En ambas, las Legislaturas habían sancionado leyes restringiendo la minería. Pero luego, por decisión política, las provincias dieron marcha atrás.
Adaro, Salvini y Böhm resolvieron “tener presente la ley 4738 de Río Negro y la ley 8355 de la Rioja cuya sanción denuncia la actora”. Se trata justamente de las normas que derogaron las leyes antimineras de esas provincias.
La ley 7722 fue sancionada en el año 2007 bajo fuertes protestas de organizaciones que se oponen a la minería a cielo abierto. En realidad fue una segunda instancia, luego de que Julio Cobos vetara otra ley en la que se prohibía la minería. El conflicto está dado porque la 7722 prohíbe "el uso de sustancias químicas como cianuro, mercurio, ácido sulfúrico, y otras sustancias tóxicas similares en los procesos mineros metalíferos de cateo, prospección, exploración, explotación y/o industrialización de minerales metalíferos obtenidos a través de cualquier método extractivo" . Además, le agregó la necesidad de aprobación legislativa a todos los pasos que lleva el desarrollo de un proyecto minero.
El contraste de los defensores de la ley estuvo en la presentación de la ley 5001 de Chubut, que también restringe la minería a cielo abierto.
La defensa está basada en cuestiones legales y defensa de la potestad del Estado para legislar sobre sus recursos, pero también en los riesgos potenciales del usos de esas sustancias en la minería. Las empresas mineras aseguran que la ley es discriminatoria porque sólo se prohíbe el uso de esas sustancias en la minería. Además cuestionen la generalidad de la frase "otras sustancias". Y critican que todos los procesos requieran autorización legislativa, aunque en algunos casos no impliquen intervención de alto impacto sobre el terreno.
Sierra Pintada y una prohibición que no existe
El lobby para modificar la ley tiene como segundo escenario la Legislatura provincial, donde hay varias ideas dando vueltas. Uno de los argumentos que se usó es que por culpa de la ley 7722 no se pueden remediar los pasivos de Sierra Pintada, pues para hacerlo necesitan hacer el proceso de lixiviación usando algunas de las sustancias prohibidas. Sin embargo, los legisladores obviaron una resolución de la propia Cámara de Diputados donde aclararon que la ley no restringía el proceso de remediación.
La resolución 1282 sancionada en diciembre del 2007 le comunica claramente a la CNEA que no tienen excusas. “Dirigirse a las autoridades de la COMISION NACIONAL DE ENERGIA ATOMICA, a fin de comunicarles que el alcance de la prohibición establecida en el Art. 1º de la Ley 7722, sobre la utilización de sustancias químicas como el cianuro, mercurio ácido sulfúrico y otras sustancias toxicas similares, sólo alcanza en los casos de procesos mineros metalíferos de cateo, prospección, exploración, explotación y/o industrialización de minerales metalíferos, y en ningún caso la prohibición alcanza a la remediación de pasivos mineros”, establece la resolución. Renglón seguido, le piden que “proceda a remediar sin excusas ni demoras los pasivos de uranio de Sierra Pintada”.
http://www.mdzol.com/mdz/nota/391765-presion-sobre-los-jueces-de-la-corte-que-deben-decidir-el-futuro-de-la-ley-7722/
No hay comentarios:
Publicar un comentario